PROPUESTA 200 EN ARIZONA
¿QUE SUPONE LA PROPOSICIÓN 200 PARA TU CONDENA POR DROGAS EN ARIZONA?
La Proposición 200 requiere que las personas condenadas por cometer crímenes violentos bajo la influencia de drogas cumplan el 100% de sus condenas, sin derecho a libertad condicional. La iniciativa requiere que las personas condenadas por posesión personal o uso de una sustancia controlada como la marihuana sean puestas en libertad condicional.
En 1996, en Arizona se aprobó la proposición 200. Parte de la Proposición 200 se convirtió en A.R.S. § 13-901.01 titulado “Libertad condicional para personas condenadas por posesión o uso de sustancias controladas o parafernalia de drogas; tratamiento; prevención; educación; excepciones definición.”
Una persona que es condenada por posesión personal o uso de una sustancia controlada o parafernalia de drogas es elegible para libertad condicional de acuerdo con A.R.S. § 13-901.01 (A). La definición de “sustancia controlada” es la misma que se encuentra en A.R.S. § 36-2501 de conformidad con A.R.S. § 13-901.01 (J). Como condición de la libertad condicional, el tribunal requerirá que una persona puesta en libertad condicional participe y pague, en la medida de su capacidad financiera, un programa de educación o tratamiento de drogas apropiado administrado por una agencia u organización calificada que brinde programas a personas que abuso de sustancias controladas de conformidad con ARS § 13-901.01 (D).
Una persona que es condenada por posesión personal o uso de una sustancia controlada o parafernalia de drogas es elegible para libertad condicional de acuerdo con A.R.S. § 13-901.01 (A). La definición de “sustancia controlada” es la misma que se encuentra en A.R.S. § 36-2501 de conformidad con A.R.S. § 13-901.01 (J). Como condición de la libertad condicional, el tribunal requerirá que una persona puesta en libertad condicional participe y pague, en la medida de su capacidad financiera, un programa de educación o tratamiento de drogas apropiado administrado por una agencia u organización calificada que brinde programas a personas que abuso de sustancias controladas de conformidad con ARS § 13-901.01 (D).
Una persona que el tribunal determine que ha violado la libertad condicional tendrá nuevas condiciones establecidas por el tribunal bajo A.R.S. § 13-901.01 (E). El tribunal seleccionará los términos adicionales que considere necesarios, incluidos el tratamiento intensivo de drogas, la restitución comunitaria, la libertad condicional intensiva, el arresto domiciliario o cualquier otra sanción, excepto un período de encarcelamiento, a menos que el tribunal determine que la persona violó la libertad condicional al cometer un delito de drogas o una sustancia de imitación o delito de drogas o un acto en violación de una orden judicial relacionada con el tratamiento de drogas.
Si una persona es condenada por segunda vez por posesión personal o uso de una sustancia controlada o parafernalia de drogas, el tribunal puede incluir condiciones adicionales de libertad condicional que considere necesarias, incluido el tratamiento intensivo de drogas, restitución comunitaria, libertad condicional intensiva, arresto domiciliario de cualquier otra acción. dentro de la jurisdicción de la corte de acuerdo con ARS § 13-901.01(F).
Si una persona en libertad condicional falla o se niega a participar en el tratamiento de drogas, el departamento de libertad condicional o el fiscal pueden solicitar al tribunal que revoque la libertad condicional de acuerdo con A.R.S. § 13-901.01 (G). Si el tribunal determina que la persona se negó a participar en el tratamiento de drogas, la persona ya no es elegible para la libertad condicional y será sentenciada de acuerdo con el A.R.S. sección del código penal para delitos de drogas que se encuentran en el Título 13, Capítulo 34.
Si una persona en libertad condicional falla o se niega a participar en el tratamiento de drogas, el departamento de libertad condicional o el fiscal pueden solicitar al tribunal que revoque la libertad condicional de acuerdo con A.R.S. § 13-901.01 (G). Si el tribunal determina que la persona se negó a participar en el tratamiento de drogas, la persona ya no es elegible para la libertad condicional y será sentenciada de acuerdo con el A.R.S. sección del código penal para delitos de drogas que se encuentran en el Título 13, Capítulo 34.
Posesión personal o uso de una sustancia controlada bajo A.R.S. § 13-901.01 no incluirá posesión para la venta, producción, fabricación o transporte para la venta de ninguna sustancia controlada de conformidad con A.R.S. § 13-901.01 (C).
Las siguientes personas no son elegibles para libertad condicional bajo A.R.S. § 13-901.01 y será sentenciado de conformidad con el Título 13, Capítulo 34:
Las siguientes personas no son elegibles para libertad condicional bajo A.R.S. § 13-901.01 y será sentenciado de conformidad con el Título 13, Capítulo 34:
- Una persona que ha sido condenada o acusada de un delito violento como se define en A.R.S. § 13-901.03 como cualquier acto criminal que resulte en muerte o lesiones físicas o cualquier uso criminal de un arma mortal o instrumento peligroso. Ver A.R.S. § 13-901.01 (B).
- Una persona que ha sido condenada tres veces por posesión personal de una sustancia controlada o parafernalia de drogas. Ver A.R.S. § 13-901.01 (H) (1).
- Una persona que ha rechazado el tratamiento de drogas como un término de libertad condicional. Ver A.R.S. § 13-901.01 (H) (2).Una persona que ha rechazado la libertad condicional. Ver A.R.S. § 13-901.01 (H) (3).
- Una persona cuyo delito involucraba metanfetamina. Ver A.R.S. § 13-901.01 (H) (4).
- Un tribunal no tiene prohibido colocar a una persona no elegible para A.R.S. § 13-901.01 libertad condicional bajo libertad condicional de conformidad con A.R.S. § 13-901 si la persona califica para libertad condicional bajo esa sección de acuerdo con A.R.S. § 13-901.01 (I).
Si usted o un ser querido ha sido acusado de un delito de drogas, necesita un abogado con experiencia para ver si el período de prueba bajo A.R.S. § 13-901.01 es posible. Nuestros Abogado de defensa criminal en Arizona pueden escuchar su caso y darle las mejores opciones para su caso criminal o penal.